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Arraigo social
Una de las vías más frecuentes para regularizar la situación de personas extranjeras en España es el arraigo social, regulado en el nuevo Reglamento de Extranjería de 2025 (Real Decreto 1155/2024).
de permanencia continuada en España, como mínimo
de ausencias en total como máximo durante ese periodo
penales en España y en los países en los que se haya residido en los cinco años anteriores
¿Qué es el arraigo social?
El permiso de Residencia por Arraigo Social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante 2 años, siempre que existan vínculos familiares con otras personas extranjeras titulares de una autorización de residencia y que se justifique disponer de medios económicos suficientes para su mantenimiento que, en todo caso, deberán alcanzar, al menos, el 100 % del IPREM.
Estos vínculos familiares se referirán al cónyuge o pareja registrada y a los familiares en primer grado en línea directa. En caso de que no se acredite la existencia de ese tipo de vínculos familiares se podrá acreditar mediante la aportación de un informe favorable de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia que recomienden la concesión de la autorización. El informe debe ser emitido en un plazo máximo de un mes desde su solicitud.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el arraigo social?
Con el nuevo reglamento, los requisitos actualizados son:
Permanencia continuada en España durante al menos dos años.
Se puede acreditar mediante empadronamientos, documentos médicos, escolares, bancarios, etc. Las ausencias no pueden superar los 90 días en total durante ese periodo.
Carecer de antecedentes penales en España
Y en los países en los que se haya residido en los cinco años anteriores.
Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional
En el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación. A tal efecto, se entenderá por solicitante de protección internacional a aquella persona extranjera que haya formulado una solicitud de protección internacional sobre la que no se haya adoptado una resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
No estar prohibido de entrada en España
Ni en países con acuerdos de retorno con el Estado español.
Vínculos familiares
(cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual y contar con medios económicos propios.
¿Qué documentación necesitamos para tramitar un permiso de residencia por arraigo social?
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción.
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de 2 años.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
- Documentación acreditativa de los vínculos familiares exigidos (certificado de matrimonio o del registro de parejas, certificado de nacimiento u otros documentos), o bien, informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma del domicilio habitual del solicitante.
Aquí puedes ver el nuevo Reglamento de Extranjería: BOE-A-2024-24099-consolidado
Tipos de arraigo social tras la reforma del Reglamento de Extranjería
A. Arraigo social con familiares
Este tipo de Arraigo se puede hacer si tienes vínculos con residentes legales o españoles y tienen medios económicos.
Los vínculos deben ser:
- Cónyuge o pareja registrada
- Padre
- Hijos
Y sobre los medios económicos que debe tener tu familiar la cantidad asciende al 200% del IPREM (1200 euros al mes).
B. Arraigo social por cuenta propia
El Arraigo Social también puede hacerse creando tu propia empresa y trabajar como autónomo en España. Para ello será necesario acreditar:
- Un plan de empresa y/o de negocio. Dentro de este plan de empresa deberás especificar quiénes serán tus clientes, qué actividad vas a desarrollar, cuánto estimas generar, cuáles serán tus gastos, etc.
- También deberás acreditar que dispones de los medios económicos necesarios para hacer la inversión y poner en marcha tu negocio. La normativa como tal, no establece una cantidad mínima que debemos invertir, sino que esta cantidad dependerá del tipo de negocio que queremos poner en marcha.
- Además de esa inversión, deberás acreditar que dispones de recursos económicos para vivir en España. En este caso, se exige disponer del 100 % del IPREM mensual (600 euros al mes aprox.).
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
Además, deberás aportar un Informe de Inserción Social.
C. Arraigo social con recursos propios
La otra opción que tienes para poder hacer este Arraigo Social en España si no tienes familiares en España es acreditar que dispones de recursos económicos propios, aportando informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
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A base de 164 reseñas
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Isabela Soto ChalarcaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Quiero agradecer al abogado Manuel por el excelente trabajo que realizó con mi caso. Es una persona muy profesional, responsable y atenta y estuvo pendiente de todo el proceso hasta conseguir mis papeles. Estoy muy contenta con el resultado y sin duda lo recomiendo a cualquier persona que necesite un buen abogado, muchas gracias por todo ManuelPublicado en Google![]()
Mary luz Vera ruaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Estoy muy agradecida con el trabajo y atención recibida. Desde el primer momento me sentí acompañada y bien asesorada. es un abogado muy profesional , responsable y atento que se preocupa realmente por sus clientes y explica cada paso con claridad.Publicado en Google![]()
Gabriel PérezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente servicio mí trámite fue en agosto q apesar de estar de vacaciones siempre estuvo al tanto de mi caso en todo momento muy profesional y comprometido muchas gracias por los serviciosPublicado en Google![]()
Alessandra SolisTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente servicio y acompañamiento, recomiendo 100%!!!!Publicado en Google![]()
Daniela LafauciTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Buenos días, mi nombre es Daniela Lafauci y quiero expresar mi agradecimiento a Miguel, resolvió mi problema laboral con mucha rapidez, siempre estando a disposición , ayudandome con mis dudas, un excelente profesional con una gran empatía por el cliente , super profesional! Recomiendo al estudio 100% sin dudarlo, gracias de verdad por todo lo que hicieron por mi. Saludos cordiales . Daniela Lafauci.Publicado en Google![]()
Carlos GerónimoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Hola, soy Carlos soy originario de Guatemala, llevo alrededor de 8 años en España y durante todo ese tiempo necesité de la asesoría y ayuda de varios abogados que me ayudaron con las diferentes etapas de mi regulación como residente y ciudadano en España, pero digo varios abogados porque en cada trámite debía cambiar de abogado pues nunca me sentí satisfecho de la ayuda y servicios que me prestaron, hasta que conocí la oficina de abogados de Aumente & Martos, especialmente el abogado Manuel Martos quien fue el que llevó nuestro caso y fue sumamente amable y atento con nosotros como familia, nosotros en su momento necesitamos de la ayuda para tramitar las residencias de mi esposa y mis dos hijos y desde el momento en que entregamos la papelería hasta que el abogado nos entregó las concesiones solamente paso un solo mes, no sabemos cómo lo hicieron pero su asesoría y trabajo fue tan rápido y tan eficaz que estamos sumamente agradecidos y satisfechos con sus servicios profesionales como abogados, por lo que no dudamos ni un segundo en recomendarles y dar excelentes referencias de los abogados Aumente & Martos. Carlos G. Solís Madrid 29/07/2026Publicado en Google![]()
Breni CorporanTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Nuestra familia, agradece las atenciones de Aumente Martos, desde el primer dia en su despacho, hasta el final del proceso mostraron profesionalidad y mucha empatía. Gracias.Publicado en Google![]()
Roxanna PenothTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
¡Excelente servicio de principio a fin! > Desde el primer día, en Aumente & Martos Abogados me transmitieron una confianza enorme. Fueron súper claros al explicarme las opciones que tenía para resolver mis inquietudes. Al final, gracias a sus asesorías, pude irme por la vía de la contratación laboral (ya que la empresa pudo contratarme) y todo el proceso fluyó de maravilla. Me acompañaron paso a paso en cada etapa, lo que hizo que un trámite que suele generar mucho estrés se sintiera súper tranquilo y seguro. Además, los tiempos fueron perfectos: desde la presentación de los documentos en Extranjería hasta la resolución final, todo fue rapidísimo. Sin duda, los recomiendo al 100% por su profesionalidad, cercanía y eficacia. ¡Muchísimas gracias por todo!Publicado en Google![]()
Discua DTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Lo que más valoro es la agilidad y la seguridad que me transmitieron desde el día uno. Respuesta inmediata, asesoramiento preciso y una solución eficaz que superó mis expectativas. Un trato excelente, sin duda.Publicado en Google![]()
Karin AldanaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy agradecida con Manuel Martos por ayudarme con mi trámite de extranjería. Un proceso que por lo general tarda unos tres meses, ellos lo resolvieron en 1 mes; de verdad quedé impresionada con la rapidez. Gracias a todo su equipo por el gran trabajo, la eficiencia y el compromiso que demuestran a la hora de gestionar un trámite.
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